La factura de CALF, (según Sub Anexo I, Contrato de Concesión, Régimen de Suministro de Energía, art.37, A – Información Contenida en la Factura), suministra información de datos regularmente consignados y los exigidos por las normas legales en materia de servicios públicos:

– Datos del usuario

– Datos de Categoría y Tarifa

– Datos y Registros del medidor

– Datos de la factura y condiciones.

La liquidación comprende tres grandes columnas:

1 – ENERGIA

Los conceptos comprenden:

a – Cargo Fijo: Es el costo de distribución por estar conectado a la red. Incluye gastos operativos, de mantenimiento y comerciales.

b – Consumo de Energía: Los kWh tienen su correspondiente valor unitario. El resultado surge del consumo registrado en kWh. por el precio del kWh fijado para cada categoría, en el cuadro tarifario vigente.

c- Cargo por Potencia: Se facturan las máximas, contratadas y/o registradas por el importe unitario del cuadro tarifario vigente.

d – Prorrateo de Servicios Comunes: Es el importe que surge de dividir el importe total que surge de la factura correspondiente al uso de los servicios comunes funcionamiento de ascensor, bombas, iluminación de escaleras, jardines y/patios), entre los usuarios del medidor. Los administradores o responsables del consorcio deben remitir a CALF, inicialmente y cada vez que se produzcan altas o bajas, un listado de los vecinos que prestan su conformidad para participar en el prorrateo.

e- Recargo Tg Phi: Los usuarios tarifas T2 y T3 son penalizados cuando la relación de la energía reactiva con la energía activa (th phi) supere el valor básico de 0.426, en tanto que para valores de th phi menores a 0.292 los usuarios tienen una bonificación.-

f – Aporte de Capitalización: De conformidad a las facultades conferidas por: Art. N° 27 de la Ley 20337; Art. N° 23 del Estatuto Social; Art.14 Contrato Concesión vigente; se factura a cada usuario un aporte de capitalización del total de la energía facturada (cargo/s fijo/s mas cargos variables) cuyo monto se destina a la financiación de obras e inversiones.

2 – IMPUESTOS MUNICIPALES:

a – Tasa Municipal de Alumbrado Público: Importe facturado y recaudado por cuenta y orden de la Municipalidad de Neuquén, quien fija, en su Ordenanza Tributaria Anual, la forma y montos que se deben aplicar. Su valor se encuentra establecido en el cuadro tarifario vigente.

b – Canon Municipal: Importe facturado y recaudado por cuenta y orden de la Municipalidad de Neuquén. El art. 4) del Contrato de Concesión fija la Tasa por Uso del Espacio Físico. Su valor se encuentra establecido en el cuadro tarifario vigente.

c – Tasa de Auditoría, Inspección y Control: Importe facturado y recaudado por cuenta y orden de la Municipalidad de Neuquén. Su valor se encuentra establecido en el cuadro tarifario vigente.

PROVINCIALES:

Ingresos Brutos: Se factura a todos los sujetos, excepto al Consumidor Final. La base de aplicación y los porcentajes son los establecidos por la Dirección Provincial de Rentas en el la Ley tributaria anual.

NACIONALES:

El item está constituído por dos conceptos diferentes en el caso de los Consumidores Finales.

1 – Ley Nacional N° 23681: Es el importe correspondiente a la Ley Energética y que comprende el 0.6% sobre el Cargo Fijo + Monto Consumo Energía.

2 – IVA – Impuesto al Valor Agregado: Este concepto se aplica en función de la condición que posee el usuario.- El porcentaje surge de una base, compuesta por: Cargo Fijo + Monto Consumo de Energia + Mantenimiento Alumbrado Público + Arancel rehabilitación + Recargos e Intereses + Intereses Plan de Pago + Varios Otros Conceptos.

a – Responsable Inscripto: Alícuota del 27% sobre la base.
b – Responsable no inscripto: Alícuota del 27% + 13.5% sobre la base.
c – Monotributista: Alícuota del 27% sobre la base.
d – Sujeto exento: Alícuota del 21% sobre la base.
e- Consumidor final: Alícuota del 21% sobre la base.
f- Ley Nacional N° 23681: 0.6%

3 – VARIOS

En dicha columna se facturan:

a– Cuota Plan de Pagos: Constituye el importe que de acuerdo al Plan de Normalización de Deudas, el socio se ha comprometido a abonar, en cuotas, consecutivas e iguales.

b– Intereses Plan de Pago: Importe resultante de aplicar sobre el importe a refinanciar el porcentaje correspondiente en concepto de intereses.

c- Rehabilitación Suministro Cortado: Comprende el importe que debe ser abonado por el Corte y la Rehabilitación del Servicio de Energía Eléctrica.

d- Servicio Social: Es un cargo mensual voluntario, que se factura por suministro, y que cubre a los integrantes del grupo familiar debidamente declarados ante nuestros registros. Su valor es para atender los Gastos principalmente del sector Sepelios. También lo son para Publicaciones, Medios, Servicio Asistencial (Enfermería y Capacitaciones).

e- Otros Conceptos: Pueden ser Aranceles, aprobados en el Cuadro Tarifario, u otros conceptos que surgiesen de la relación contractual entre Calf y el usuario.