ELECCIONES EN CALF: ARTÍCULO 57°
Finalizado el plazo para el que estuvo habilitada la urna receptora de votos, el presidente de la Mesa Electora procederá a anular en la hoja padrón el casillero correspondiente a cada uno de los asociados que no emitió su voto; efectuará el escrutinio y confeccionará un acta donde se hará constar la cantidad de votos emitidos en la mesa electora y la cantidad de votos que cada una de las listas obtuvo.
