RENOVAR 3: EXPERTOS CRITICAN QUE PRIVADOS NO PUEDAN OFERTAR POR DEUDAS DE DISTRIBUIDORAS Y COOPERATIVAS

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La licitación Mini Ren Ronda 3 de energías renovables recibirá ofertas en las próximas semanas. De acuerdo al cronograma oficial vigente, el jueves 30 de este mes es la fecha indicada.

A pesar de la dura realidad macroeconómica argentina, de inestabilidad cambiaria y un riesgo país que supera los 900 puntos básicos, esta subasta para proyectos de hasta 10 MW podría recibir un buen número de ofertas.

Es que su estructura está pensada para actores que no son tradicionales en el rubro y que cuentan con capital propio para apalancar emprendimientos. El caso de constructoras o productores agropecuarios, por ejemplo.

Cabe destacar que el Gobierno, sobre la marcha, modificó algunos aspectos de la licitación. Uno de los más importantes fue que las distribuidoras y cooperativas eléctricas ya no sean las que deban comprar la energía limpia que resultara adjudicada de la licitación, sino toda la demanda en general, representada por CAMMESA, a través del “Precio Estacional” que se sanciona periódicamente.

Sin embargo, un aspecto que sigue en pie, a pesar de las críticas, fue que aquellos agentes distribuidores que tuvieran “una deuda/saldo impago a CAMMESA que resulte mayor al pago equivalente al último mes facturado” no puedan presentarse a la licitación. Así lo indica el punto 3.9 del Pliego de Bases y Condiciones de la compulsa.

Según fuentes del sector consultadas por Energía Estratégica Argentina, en un principio, cuando la compra de la energía limpia quedaba a cargo las distribuidoras y cooperativas, el punto tenía sentido, para garantizar a los inversores la solvencia de estas compañías. Pero ahora, al ser el Estado nacional quien la compre, este aspecto genera más inconvenientes que beneficios.

De hecho para Agustín Siboldi, socio del Estudio O‘Farrell, esta postura carece de sustento “legal”. En diálogo con este medio, el abogado especialista en energía sostiene que “no se puede establecer más de una pena por incumplimientos”.

“Actualmente, las compañías eléctricas que tienen deudas con CAMMESA son multadas, deben pagar intereses y, eventualmente podrían sufrir baja de tensión y hasta cortes rotativos en el suministro”, explica Siboldi. Aunque aclara que nunca se aplica esta última penalidad por falta de pagos. Asimismo, CAMMESA puede emitir los títulos de deuda del caso y llevar adelante la ejecución de los montos adeudados por las distribuidoras a través de procesos judiciales ágiles como los “procesos ejecutivos”.

Señala que esta exigencia del RenovAr 3, así planteada, “no tienen sustento legal”. “No existe una norma que les permita hacerlo, por lo tanto no hay respaldo legal para que las distribuidoras eléctricas morosas no sean incluidas en el listado de la Ronda 3, porque no puede haber pena sin ley”, aclara.

Y remata: “terminan castigando a los interesados en desarrollar proyectos de energías renovables en lugar de las distribuidoras o cooperativas morosas”.

En ese sentido, Siboldi analiza que algunos actores podrían iniciar acciones legales complicando la licitación. “Primero, las distribuidoras, sosteniendo que no pueden ser sancionadas dos veces por el mismo incumplimiento; después, los titulares de los proyectos, teniendo en cuenta que hay corredores afectados muy interesantes”, precisa.

Regularizaciones

Cabe mencionar que en virtud de esta sanción, empresas como Energía San juan, que en un principio habían quedado excluidas del proceso por mantener deudas con CAMMESA, a través de una prórroga que otorgó el Gobierno para la regularización de este tipo de situaciones logró establecer un plan de pagos y podrá competir en esta rueda del RenovAr.

No obstante, hasta el momento ello no fue reflejado en un nuevo listado adjunto a la nueva versión del pliego aprobado por Resolución SGE 90/2019.

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